NIIF para Pymes

marzo 4, 2011 por · 2 Comentarios 

La fundación IASB emite estándares de información financiera con alcance diferente los cuales se aplican de acuerdo a condiciones particulares de cada entidad.  Estas normas son IFRS («Full») y SME’s Small and Medium Sized Entities (Pymes).  Las Normas SME’s se asemejan a las normas «Full» en cuanto a que su esencia es en ambos casos, proporcionar información útil a los inversores con el fin de ayudar a la entidad en la obtención de financiación,  así mismo es un enfoque basado en principios y no en reglas; por el contrario, difieren en cuanto a que el lenguaje de redacción de SME’s es más sencillo, son radicalmente más cortas, dependiendo de la norma simplifica las opciones para reconocimiento y medición posterior y disminuye considerablemente los requerimientos en cuanto a revelaciones.  Esta variación obedece a que el impacto de las normas IFRS «full» es aplicable a un número menor de entidades pero a una mayor cantidad de usuarios de la información; en contraste, las normas para SME’s podrian ser aplicadas por un mayor número de entidades pero es menor la cantidad de usuarios de la información financiera. Evidentemente el impacto social de las normas «full» es mayor ya que es mayor la cantidad de personas del común que tienen invertidos sus recursos o sus ahorros en una entidad que cotiza en un mercado público de valores por lo que es necesario que la información sea preparada bajo requerimientos más exigentes.

Si se tiene conocimiento de la normatividad IFRS «full», será más fácil entrar a revisar las normas para SME’s, ya que tienen un resumen de las diferencias que hay entre unas y otras (lo cual no exime de leer el estándar completo); si no se tiene ese conocimiento seguramente tampoco habrá problema para aprenderlas porque son normas independientes.

La pregunta clave:  Cómo se determina que una empresa pertenece a las Pymes y puede aplicar IFRS SME’s?

Si para responder esta pregunta se tomaran en cuenta parámetros cuantitativos como el monto de los activos, patrimonio, ingresos o número de empleados, no habría una verdadera estándarización porque una empresa ‘grande’ en Colombia, podría ser considerada como Pyme en Estados Unidos o en otro país desarrollado.  Por esa razón el espiritu de las normas emitidas por IASB consiste en que se evalúen las características cualitativas de los usuarios.   Las empresas que deben aplicar SME’s son aquellas que reunen concurrentemente los siguientes requisitos: 

1.  Que no tengan que rendir cuentas publicamente y

2.  Que la entidad tenga que preparar información para usuarios externos que persiga información para fines generales.  

Contrario a lo que se podría pensar no solamente se puede hacer la clasificación en virtud de que la entidad cotice o no en un mercado de valores , lo más relevante es determinar cual es el objetivo de los Estados Financieros,  porque si es especificamente para cumplir un requerimiento de un organismo de control pero no es información de fines generales, no estaria bien aplicar las normas ‘full’.  Información de fines generales es aquella que atiende la necesidad de asignación de recursos financieros para la entidad.

Ventajas de adopción de IFRS para Pymes. 

 Acceder a créditos en condiciones más ventajosas, cuando se busca expandirse; o acceder a fuentes de financiación diferentes a una asignación de recursos por parte de una entidad financiera como por ejemplo acuerdos de pago con proveedores en el extranjero más ventajosos para la entidad.     Esto solo se logra cuando se puede demostrar al proveedor o a la entidad financiera en el exterior cual es la situación real de la empresa  y ellos pueden determinar de manera fiable el riesgo de crédito (posibilidad de impago) de la obligación.

En conclusión la determinación de la normatividad aplicable es importante, pero antes quienes preparan la información financiera deben preguntarse para qué la preparan y quienes son los usuarios de esa información.

Acerca de NIIF CO
Blog creado por Tania López Ayala, Especializada en IFRS – “Contabilidad Financiera Internacional”, Especializada en Impuestos – “Régimen Jurídico, Financiero y Contable de Impuestos”, Certificada en Auditoría Internacional por el ACCA – Association of Chartered Certified Accountants, Certificada en XBRL y herramientas de taxonomía de Reporting Estandar SL. Miembro de IFRS Taxonomy Consultative Group. https://www.ifrs.org/groups/ifrs-taxonomy-consultative-group/#members Experiencia profesional de más de diez años en áreas financieras de empresas privadas, en diferentes sectores. Experiencia de más de siete años participando desde el rol de supervisor tópico financiero para el sector de servicios públicos y cuatro años apoyando el proceso de supervisión de convergencia a Normas Internacionales información financiera y de aseguramiento de los vigilados. Miembro del equipo de diseño e implementación de taxonomías en XBRL para la superintendencia de servicios públicos. Coautor del diseño taxonomía basada en Resolución 414, y autor del diseño de taxonomía 533 cuyos marcos normartivos fueron expedidos por la Contaduría General de la Nación. Consultor independiente en implementación de Normas de Información Financiera y generación de reportes en XBRL a entidades de supervisión.

Comentarios

2 Respuestas a “NIIF para Pymes”
  1. Es prometedor cuando una Profesión perfecciona su técnica, perfeccionando los DATOS que obtiene con ella. Pero es más prometedor, cuando discute y avanza en CONOCIMIENTOS de la REALIDAD a la que aplica esta técnica. http://www.contabilidadsuesencia.blogspot.com.ar

  2. RUBEN OSPINA dice:

    Es interesante el asunto de la adopción de las IFRS, pero según el artículo, y sin afirmar que sea la última palabra, al parecer la adopción para las Pymes se estaría dejando a libre elección de las empresas, lo cual, como bien sabemos en nuestros países, por nuestra cultura y en especial la nuestra, la Colombiana, sería una puerta abierta para que no se cumpla el objetivo final de un País en desarrollo, un País que está pensando en salir del tercer mundo y estar a la altura de las grandes economías mundiales; recordemos que hoy por hoy estamos hablando de tratados de libre comercio con buen numero de países desarrollados que en gran manera nos llevan ventaja en este asunto; entonces como dije antes el objetivo de globalización, de internacionalización de la economía no se cumpliría y una muy buena parte, por no decir la mayoría de la economía (las Pymes) estarían atrasadas en este tema.
    Mi inquietud es que se regule legalmente el asunto, y que si bien las Pymes no estarían obligadas a tener toda la magnitud del tema, si estén obligadas a ajustarse en temas puntuales que le sumen al País para que nos vean con buenos ojos los inversionistas, proveedores, clientes, bancos, etc., del exterior.

    Quedo atento a los demás comentarios y a esperas de más actualizaciones sobre el tema.

    Gracias.

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