Publicados NIIF en español 2011

julio 13, 2011 por · Comentar 

IASB anunció hoy la publicación de la nueva traducción al español de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) (enero 2011).

Esta edición se presenta en dos partes:
Parte A. (el Marco Conceptual y los requerimientos) contiene la última versión de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), e Interpretaciones CINIIF y SIC
Parte B. Contiene los documentos complementarios, tales como ejemplos ilustrativos, guías de implementación, fundamentos de las conclusiones y opiniones en contrario.

El texto de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) 2011 cuesta £60 cada uno, más gastos de envío. Se pueden adquirir en la página www.iasb.org o www.ifrs.org

Suspendido el Proceso de Adopción de la SSPD del 2012, 2013

julio 12, 2011 por · Comentar 

La Superintendencia de Servicios Públicos emitió la Resolución 20111300016175 radicada el 17 de junio de 2011; la cual Modifica el proceso de convergencia hacia el Modelo General de Contabilidad para Empresas Prestadoras de Servicios Públicos, en convergencia con los estándares internacionales de contabilidad e información financiera de aceptación mundial y se dictan otras disposiciones.

En esta Resolución tienen en cuenta que el artículo 16 transitorio de la Ley 1314 de 2009 las entidades que estuvieran adelantando procesos de convergencia con normas internacionales de contabilidad podrían continuar haciendolo inclusive si no hubiera una decisión conjunta por parte de los Ministerios de Hacienda y Crédito público y de Comercio, Industria y Turismo, pero respetando el marco normativo vigente.  Adicionalmente el artículo 240 de la Ley 1450 de 2011 (Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014) indica que las empresas que esten adelantado procesos de convergencia con normas internacionales de información financiera no podrán exigir su aplicación hasta tanto el Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP las revise para asegurar su concordancia con las normas emitidas por los ministerios de Hacienda y Crédito público y de Comercio, Industria y Turismo; pero que como a la fecha no se ha emitido ninguna norma, no hay referente que permita efectuar dicha revisión por parte del CTCP. 

Sin embargo la IFRS 1 Adopción por primera vez, (en la cual están inspiradas las reglas para la presentación del Balance de Prueba y como es sabido el MGCEPSP converge a IFRS), menciona que en la fecha de adopción de las NIIF se debe elaborar un balance de apertura que para el caso de los prestadores de servicios públicos es el que se generará al 31 de diciembre de 2012 comparativo con el 31 de diciembre de 2013, y que el Balance de Apertura de prueba hace parte de la etapa de transición pero no es formalmente el inicio de la adopción del Modelo. «En consecuencia las actividades previas adelantadas con anterioridad a dicho balance de prueba definitivo no prevén la aplicación del MGC»

Por lo anunciado la SSPD se ve avocado a modificar el proceso de convergencia hacia el MGC y condicionar la aplicación hasta tanto se adelante la emisión de las normas por parte de los Ministerios y la revisión del MGC por parte del CTCP.

En resumen, la información que está programada para el 29 de Julio continua en los mismos terminos y forma.  El proceso que se iba a adelantar a partir del 1 de enero de 2012 que conduciría a llevar contabilidad paralela bajo plan y bajo Modelo y a generar el Estado de situación Financiera del 2012 comparado con el 2013, queda suspendido hasta tanto el CTCP no emita sus normas y luego de eso haga la revisión del Modelo.     Lo cual haciendo un estimado imprudente suponemos sucederá más bien en aproximadamente dos años, más el tiempo que tarde la revisión del Modelo….luego la adopción de los prestadores quedo en veremos. 

El proceso de convergencia para las normas de Contabilidad de Información Financiera colombiano se hará con base en IFRS

julio 11, 2011 por · Comentar 

 

El consejo Técnico de la Contaduría Pública emitió con fecha 22 de Junio  el documento definitivo que contiene el direccionamiento estratégico cuya meta es lograr la convergencia de las normas  de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información con estándares internacionales con el propósito de apoyar la internacionalización de las relaciones económicas.  Recordemos que el Consejo Técnico debe elaborar las propuestas  con base en las cuales los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, obrando conjuntamente expedirán principios, normas, interpretaciones y guas de contabilidad e información financiera  y de aseguramiento de la información.

A continuación se muestra un resumen del direccionamiento propuesto por el Consejo Técnico:

ALCANCE:  Se señalan dos tipos de alcances:

Personas:  Las normas de Contabilidad e Información Financiera y de Aseguramiento de la Información serán de Obligatorio cumplimiento para las personas naturales y juridicas obligadas a llevar contabilidad

Técnico: Será necesario definir cuáles son los emisores y estándares con base en los cuales se llevará a cabo el proceso de convergencia.  Los temas centrales del alcance técnico son

1. La contabilidad e información financiera:  Toda la normatividad, principios, etc. necesarios para el reconocimiento, registro, medición y lo necesario para informar las operaciones de un ente de forma clara, completa, relevante, digna de crédito y comparable.

2.  Aseguramiento de la información: Se refiere a normas éticas, normas de control de calidad, normas de auditoría, etc., que regulen aspectos como – Calidades personales y conducta, – Ejecución del trabajo e – Informes del trabajo.

3.  Otros temas relacionados se refiere al sistema documental contable.

CONDICIONES DE LOS ESTANDARES QUE SE TOMARAN COMO REFERENCIA: Por otra parte las normas de contabilidad e información financiera y de Aseguramiento de la información  están sometidas a tres tipos de condiciones:

1. Que sean de aceptación mundial, con las mejores prácticas y con la rápida evolución de los negocios.

2.  Debe ser un sistema único y homogéneo de alta calidad, por cuya virtud la información contable y en particular los Estados Financieros brinden información financiera comprensible, transparente, comparable, pertinente y confiable, relevante y neutral, útil para la toma de decisiones de los usuarios de la misma.

QUIENES Y COMO SE APLICARÁN:  Las normas se aplicarán de manera diferencial a tres tipos de usuarios:

Grupo 1.  Emisores de valores y entidades de Interés Público

Grupo 2.  Empresas de tamaño grande y mediano, que no sean emisores de valores ni entidades de interés público (En el documento completo se puede ver la lista detallada de dichas empresas).  Según la clasificación colombiana.

Grupo 3.  Empresas pequeñas y microempresas.  Según la clasificación colombiana.

QUE ESTANDARES FUERON  ELEGIDOS:  Solamente hay tres estándares contables de aplicación internacional. USGAAP emitidas por FASB,  Guía de contabilidad y de reporte financiero para empresas de tamaño pequeño y mediano emitidas por el Grupo de trabajo Intergubernamental de expertos en estándares Internacionales ISAR, y los IFRS o NIIF emitidas por IASB.  Los primeros no cumplen con lo requerido en la Ley 1314 porque fueron hechos a la medida de las necesidades de Estados Unidos, y por eso no tienen un marco internacional amplio  su uso no tiende a ser mundial, están basados en reglas y no en principios, de igual manera los segundos tampoco cumplen con lo requerido por la Ley.

Por lo anterior y teniendo en cuenta que al terminar el proceso de convergencia de IFRS y USGAAP y al adoptar IFRS por parte de la SEC en Estados Unidos, la tendencia mundial contundente son las IFRS o NIIF, el proceso de convergencia colombiano se hará tomando como referente dichas normas (Full o Plenas) y las de Small and médium Entities SME’s las cuales aplicarían a los grupos 1 y 2 respectivamente quedando el Grupo 3 posiblemente con una normatividad asimilada a la emitida por ISAR que consiste en una contabilidad simplificada basada en el sistema de causación.

En cuanto al proceso de convergencia de aseguramiento de la información se llevara a cabo teniendo en cuenta los Estándares de Auditoria y aseguramiento de la información que emite IAASB ya que cumplen lo señalado en la Ley 1314.

La aplicación de las normas se hará a partir de la fecha en la que la Ley determine que es obligatorio o con aplicación anticipada con aplicación de ciertos criterios e información a la entidad de control así como efectuar un periodo de transición lo cual será reglamentado para tal fin.

Recta final presentación Balance de Apertura de Prueba Superservicios

julio 11, 2011 por · Comentar 

Finalmente estamos próximos a la fecha limite para el cargue en el SUI del Balance de Apertura de Prueba 29 de Julio y la entrega de la Conciliación del Balance preparado a 31 de diciembre de 2010 bajo Plan de Contabilidad para prestadores de servicios públicos y el Estado de Situación Financiera preparado bajo Modelo General de Contabilidad para prestadores de servicios Públicos,  es decir el movimiento de la cuenta de «Efectos de la conversión Inicial al Modelo General de Contabilidad» que reflejará todo el análisis efectuado con las reglas de la resolución 02885 y por supuesto la nueva conceptualización que nos trae el Modelo General de Contabilidad.

Consejos para la preparación del Balance de Apertura de Prueba

–  Recordemos que la adopción de Modelo no puede ser aprovechada para la corrección de errores anteriores y para afectar el patrimonio con lo que debe llevarse al resultados por ejemplo.

–  Vale la pena efectuar análisis detallados y Responsables para no afectar negativa e innecesariamente el patrimonio de la entidad, siempre en el estricto cumplimiento de la norma.

–  Si hecho el análisis es conveniente para su entidad el uso de las exenciones voluntarias, hágalo para eso son!

–  Hay que ser conscientes que todo cambio implica algo más de trabajo pero este Modelo tiende a mejorar la información financiera y mejorará su uso y comprensión.  Los usuarios se verán beneficiados.

–  No olvide reportar las políticas contables usadas, las cuales no podrán ir cambiando de acuerdo a las circunstancias de la empresa o a la conveniencia, deben responder a la realidad al direccionamiento estrategico, preguntese hacia donde va la empresa?  lo que se está haciendo está bien así? no se trata de escribir letras muertas, o párafos idealizados.

–  Una de las fortalezas de los Estándares Internacionales de Información Financiera son las revelaciones, si bien en esta oportunidad no son exigidas hay que mentalizarse que ya no se trata de copiar y pegar auxiliares de cada cuenta.  Los contadores si no los hemos hecho ya, tenemos que entrar en la era del análisis de revelar información relevante, lo mismo aplica a las políticas, leamos con atención el manual de políticas contables seguro hay cosas que mejorar.

–  Y por último no olvide cumplir con la fecha de entrega, las sanciones pueden ser importantes.

Aun no tiene claro cómo preparar el balance de apertura de prueba? En NIIF estamos dispuestos a apoyar a los prestadores, podemos dictar capacitaciones  a la medida y bajo costo para que en pocos dias estén listos para preparar el Balance de Apertura de prueba, contáctenos.