La desinformación al rededor de NIIF

mayo 19, 2014 by · Leave a Comment 

Durante las últimas dos semanas he tenido la oportunidad de asistir a varias reuniones y charlas relacionadas con NIIF en Colombia, procesos de adopción, adaptación o convergencia de paises latinoamericanos, y XBRL; y observo con preocupación varias cosas.

La primera de ellas es el nivel de desconocimiento que hay en general entre los preparadores de información entiendase contadores, gerentes, representantes legales, grupos de informática, etc, respecto a lo que es el proceso de preparación obligatoria, y demás requerimientos que se originan en la adopción de Normas Internacionales de Información Financiera; aunque es positiva la cada vez más creciente preocupación respecto a lo venidero y la inquietud de prepararse.

La segunda es hasta donde las empresas y personas con más conocimiento y experiencia de normas internacionales anteponen el afán de vender sus servicios, o softwares a la necesidad sentida de un auditorio de aprender, ubicarse y poder satisfacer lo que las entidades de control solicitan en cumplimiento del proceso de adopción.

Creo que los contadores del común empleados, independientes, consultores, docentes, debemos analizar muy bien, la información que está siendo suministrada en una charla, leer y releer para poder tomar una posición propia.  Si bien el proceso de adopción necesita trabajo, dedicación, capacitación y compromiso de muchas de las áreas que componen una empresa, tampoco es imposible, no serían normas de aplicación mundial, las cuales prácticamente ya están funcionando en casi toda latinoamerica sin contar el resto del mundo.

Antes de preocuparse por los rumores y malas informaciones, reflexione en lo siguiente.  No es lo mismo preparar información financiera que va a ser utilizada de forma masiva cuando la empresa es emisora de valores inscrita en el registro nacional de valores y emisores, a una Pyme que prepara información para un grupo más reducido de interesados, ni una microempresa que tiene mayor simplicidad en las operaciones, volumenes etc.  Esto lo tiene claro la Norma Internacional, y eso hace que los requerimientos contables, de medición inicial, posterior, revelaciones y todo el proceso contable gire en torno a ello.  De la misma manera no es lo mismo preparar Estados Financieros de una empresa individual que de una empresa que hace parte de un Grupo obligado a consolidar ya sea que se actue como filial o subsidiaria o como la misma matriz.   Entonces cuando escuchemos que el proceso de emitir Estados Financieros bajo Norma Internacional es dificil, largo, complejo, ni que hablar de XBRL y la forma como se relaciona con los actuales softwares contables que maneja cada empresa, no debemos partir de que se trata de contabilidad de otro mundo, confiemos en que la decisión de los entes gubernamentales y de la experiencia de tantos paises es acertada y que estamos migrando hacia algo mejor.  Será exigente el comienzo, pero no imposible.

 

 

IFRS Y LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN

noviembre 19, 2012 by · Leave a Comment 

«No sólo se necesita que el área de contabilidad piense en este cambio, sino también el de sistemas. »

Artículo de Federico Morello, socio de Consultoría en Riesgo y Gestión de Ernst & Young Chile.

Fuente: Diario Estrategia Online

El 1 de enero de 2013 el Colegio de Contadores de Chile adoptará las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS) como única normativa vigente para todas las compañías chilenas. De esta manera, se extiende la exigencia que hoy recaía únicamente sobre las compañías reguladas al resto de las empresas. Actualmente, muchas compañías se encuentran en proceso de análisis del impacto contable que tiene la normativa, pero pocas consideran el impacto sobre los procesos y sistemas de información. En ese sentido, algunas de las mayores variaciones sistémicas serán: el establecimiento de una moneda funcional, nuevos procesos de consolidación finanaciera, diferencias en la contabilización de activos fijos, divergencias entre criterios contables y tributarios y mayores requerimientos de información, entre otras cuestiones. Todos estos cambios no sólo afectarán el área contable de las empresas, sino también sus sistemas informáticos. Por ejemplo, a fin de atender el requerimiento de moneda funcional, se necesitarán sistemas lo suficientemente flexibles para manejar múltiples monedas simultáneamente y, en otros casos, se necesitarán nuevos sistemas que resuelvan los requerimientos de consolidación. Además, será muy relevante el rol de los sistemas para sustentar el concepto del valor justo y deterioro. En lo que respecta a las diferencias contables y tributarias, será indispensable que los sistemas puedan llevar contabilidades paralelas. Por último, los estados financieros bajo IFRS serán más complejos, con análisis comparativos, cifras, proyecciones, indicadores, etc., requiriendo del desarrollo de nuevos reportes. Por ello, no sólo se necesita que el área de contabilidad piense en este cambio, sino también el de sistemas, dado la criticidad del cambio y la complejidad que éste supone.

Artículo de Federico Morello, socio de Consultoría en Riesgo y Gestión de Ernst & Young Chile. Fuente: Diario Estrategia Online

DR. 4946 de 2011 Aplicación voluntaria NIIF en Colombia Grupos 1 y 2

enero 6, 2012 by · Leave a Comment 

El Decreto Reglamentario 4946 expedido el 30 de diciembre de 2011, dicta disposiciones en materia del ejercicio de aplicación voluntaria de normas internacionales de contabilidad e información financiera emitidas por IASB en español al 1 de enero de 2011 de aplicación plena.    Con el objeto de avanzar en el proceso de convergencia colombiano, y conocer los impactos que conlleva este cambio se establece un ejercicio de aplicación voluntaria de NIIF para las entidades emisoras de valores y entidades de interés público (Grupo 1 Direccionamiento estratégico CTCP), y los entes económicos de tamaño grande y mediano (Grupo 2 Direccionamiento estratégico CTCP);  la información resultante será analizada por las diferentes autoridades únicamente con el propósito de medir si tales estándares resultan eficaces o apropiados para los entes en Colombia y para determinar las medidas regulatorias que deben adoptarse , de tal manera que al terminar este ejercicio las obligaciones que se establezcan resulten razonables y acordes a la realidad económica de el país.

Con el DR 4946 se establece la etapa de prueba entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012, el balance de prueba de apertura debe prepararse a 1 de enero de 2012.  El proceso de aplicación voluntaria tiene como objeto que las entidades que se acojan a él puedan conocer los beneficios, cargas e impactos que conlleva esta decisión, con el concurso de las autoridades, sin que durante este periodo y para los fines exclusivos de este ejercicio sean objeto de sanción.     

Según el parágrafo del Artículo 2.  La aplicación voluntaria de que trata este decreto excluye a entidades bajo régimen de contabilidad pública.

 En caso de decidir la aplicación voluntaria, la decisión debe ser informada y se debe continuar con la emisión de Estados financieros de propósito general bajo ColGAAP y la emisión de Estados Financieros de propósito especial se efectuarán bajo NIIF.

Texto completo DR 4946 de 2011.tmp

Sí habrá lugar a comentarios en Normas Contables Colombianas

octubre 14, 2011 by · 1 Comment 

Según lo informó el pasado 20 de septiembre de 2011 el Consejo Técnico de la Contaduría Pública a finales de este año se someterán a discusión las normas de información financiera y de aseguramiento de la información que aplicarán en Colombia, posteriormente se espera que el Departamento Nacional de Planeación, la DIAN y las entidades de supervisión evalúen los impactos de la adopción de dichas normas.

Se espera que para el segundo semestre de 2012 los Ministerios de Comercio Industria y Turismo, y de Hacienda y Crédito Público expidan los primeros decretos los cuales aplicarían a empresas «grandes» (Emisores de valores y entidades de interés público).

Nota completa Ministerio de Comercio Industria y Turismo

El proceso de convergencia para las normas de Contabilidad de Información Financiera colombiano se hará con base en IFRS

julio 11, 2011 by · Leave a Comment 

 

El consejo Técnico de la Contaduría Pública emitió con fecha 22 de Junio  el documento definitivo que contiene el direccionamiento estratégico cuya meta es lograr la convergencia de las normas  de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información con estándares internacionales con el propósito de apoyar la internacionalización de las relaciones económicas.  Recordemos que el Consejo Técnico debe elaborar las propuestas  con base en las cuales los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, obrando conjuntamente expedirán principios, normas, interpretaciones y guas de contabilidad e información financiera  y de aseguramiento de la información.

A continuación se muestra un resumen del direccionamiento propuesto por el Consejo Técnico:

ALCANCE:  Se señalan dos tipos de alcances:

Personas:  Las normas de Contabilidad e Información Financiera y de Aseguramiento de la Información serán de Obligatorio cumplimiento para las personas naturales y juridicas obligadas a llevar contabilidad

Técnico: Será necesario definir cuáles son los emisores y estándares con base en los cuales se llevará a cabo el proceso de convergencia.  Los temas centrales del alcance técnico son

1. La contabilidad e información financiera:  Toda la normatividad, principios, etc. necesarios para el reconocimiento, registro, medición y lo necesario para informar las operaciones de un ente de forma clara, completa, relevante, digna de crédito y comparable.

2.  Aseguramiento de la información: Se refiere a normas éticas, normas de control de calidad, normas de auditoría, etc., que regulen aspectos como – Calidades personales y conducta, – Ejecución del trabajo e – Informes del trabajo.

3.  Otros temas relacionados se refiere al sistema documental contable.

CONDICIONES DE LOS ESTANDARES QUE SE TOMARAN COMO REFERENCIA: Por otra parte las normas de contabilidad e información financiera y de Aseguramiento de la información  están sometidas a tres tipos de condiciones:

1. Que sean de aceptación mundial, con las mejores prácticas y con la rápida evolución de los negocios.

2.  Debe ser un sistema único y homogéneo de alta calidad, por cuya virtud la información contable y en particular los Estados Financieros brinden información financiera comprensible, transparente, comparable, pertinente y confiable, relevante y neutral, útil para la toma de decisiones de los usuarios de la misma.

QUIENES Y COMO SE APLICARÁN:  Las normas se aplicarán de manera diferencial a tres tipos de usuarios:

Grupo 1.  Emisores de valores y entidades de Interés Público

Grupo 2.  Empresas de tamaño grande y mediano, que no sean emisores de valores ni entidades de interés público (En el documento completo se puede ver la lista detallada de dichas empresas).  Según la clasificación colombiana.

Grupo 3.  Empresas pequeñas y microempresas.  Según la clasificación colombiana.

QUE ESTANDARES FUERON  ELEGIDOS:  Solamente hay tres estándares contables de aplicación internacional. USGAAP emitidas por FASB,  Guía de contabilidad y de reporte financiero para empresas de tamaño pequeño y mediano emitidas por el Grupo de trabajo Intergubernamental de expertos en estándares Internacionales ISAR, y los IFRS o NIIF emitidas por IASB.  Los primeros no cumplen con lo requerido en la Ley 1314 porque fueron hechos a la medida de las necesidades de Estados Unidos, y por eso no tienen un marco internacional amplio  su uso no tiende a ser mundial, están basados en reglas y no en principios, de igual manera los segundos tampoco cumplen con lo requerido por la Ley.

Por lo anterior y teniendo en cuenta que al terminar el proceso de convergencia de IFRS y USGAAP y al adoptar IFRS por parte de la SEC en Estados Unidos, la tendencia mundial contundente son las IFRS o NIIF, el proceso de convergencia colombiano se hará tomando como referente dichas normas (Full o Plenas) y las de Small and médium Entities SME’s las cuales aplicarían a los grupos 1 y 2 respectivamente quedando el Grupo 3 posiblemente con una normatividad asimilada a la emitida por ISAR que consiste en una contabilidad simplificada basada en el sistema de causación.

En cuanto al proceso de convergencia de aseguramiento de la información se llevara a cabo teniendo en cuenta los Estándares de Auditoria y aseguramiento de la información que emite IAASB ya que cumplen lo señalado en la Ley 1314.

La aplicación de las normas se hará a partir de la fecha en la que la Ley determine que es obligatorio o con aplicación anticipada con aplicación de ciertos criterios e información a la entidad de control así como efectuar un periodo de transición lo cual será reglamentado para tal fin.

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