NIIF 1 – Adopción por primera Vez de NIIF
marzo 17, 2011 by NIIF CO · 3 Comments
Se debe tener en cuenta en la adopción por primera vez que hay una reglamentación específica para la generación de los primeros estados financieros conforme a las NIIF. Lo que significa que cuando en las normas para cada tema se habla de reconocimiento y medición inicial, estamos ubicados en un momento posterior en el tiempo a la adopción por primera vez y se da cuando un hecho económico sucede pero ya han sido generados los primeros estados financieros bajo NIIF. Lo que busca esta norma es asegurar que los primeros estados financieros conforme a las NIIF de una entidad contengan información de alta calidad que sea transparente para los usuarios y comparable para todos los periodos en que se presenten, suministre un punto de partida adecuado para la contabilización bajo NIIF y pueda ser obtenida a un costo que no supere los beneficios.
La adopción de NIIF no es una oportunidad para corregir errores y aprovechar para registrarlos contra el patrimonio, de hecho los errores que haya contablemente, en cuanto a cifras, soportes, o estimaciones, se harán más evidentes al momento de la adopción por primera vez. Es importante prepararse para la adopción por primera vez alistando la información contable (depurando partidas antiguas o sin identificar), revisando que las políticas correspondan al direccionamiento estratégico de la entidad, que las estimaciones se hayan efectuado con base en la información disponible al momento de efectuarlas (no con base en normatividad fiscal, por ejemplo), de lo contrario al momento de la preparación de esos primeros estados financieros también será oportuno aplicar la NIC 8 Políticas Contables, Cambios en Estimaciones Contables y Errores.
Para el momento de la adopción por primera vez se genera un Estado de Situación Financiera (Balance General) a la fecha de transición de las NIIF, este balance tendrá en cuenta lo siguiente:
1. Las políticas que se usen al momento de la adopción serán las mismas que se aplicarán posteriormente.
2. Se deberán reconocer todos los activos y pasivos que sean requeridos por las NIIF. Es decir, si en el balance no hay registrados activos o pasivos que por definición en IFRS son considerados como tal se deberán reconocer al momento de la adopción.
3. No se podrán reconocer activos y pasivos aun cuando previamente estén registrados en libros si no cumplen con la definición bajo IFRS.
4. No habrá cambio en estimaciones, salvo que haya evidencia objetiva de que las estimaciones bajo PCGA anteriores fueron erróneas (Aplicar NIC 8 Políticas Contables, Cambios en Estimaciones Contables y Errores.) Adicionalmente, NIC 10 Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa, indica que cuando ocurra un evento posterior al cierre pero antes de la autorización de publicación de los estados financieros, los mismos deberán ser ajustados; para el caso de adopción por primera vez sería más útil para los usuarios—y más coherente con la NIC 8—reconocer los efectos de la revisión de esas estimaciones como ingreso o gasto del periodo en que la entidad hace la revisión, mejor que al preparar el balance de apertura conforme a las NIIF.
5. Hay cuatro excepciones obligatorias que la entidad adoptante debe aplicar:
5.1. Baja en cuenta de activos y pasivos financieros: los requerimientos de baja en cuentas de NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición deben ser aplicados en adopción por primera vez, adicionalmente se debe contar con los soportes que dieron origen al activo o al pasivo bajo PCGA anteriores, de lo contrario no podrá ser dado de baja sino deteriorado al 100%.
5.2. Contabilidad de coberturas: Los requerimientos para registro de contabilidad de coberturas es el mismo que en NIC 39. Se deberán medir todos los derivados a su valor razonable y se eliminarán todas las pérdidas y ganancias diferidas, procedentes de derivados, que se hubieran registrado según PCGA anteriores como activos o pasivos.
5.3. Participaciones no controladoras: Se deben aplicar los requerimientos de NIC 27 de forma prospectiva en cuanto a resultados de controlante y participaciones no controlantes aun cuando el resultado integral sea negativo, contabilización de cambios de la controladora respecto a una propiedad de la subsidiaria cuando no hay cambio de control y cuando efectivamente hay pérdida de control.
5.4. Clasificación y medición de activos financieros: Los activos financieros se medirán para adopción por primera vez, de la misma manera como se miden inicialmente, es decir analizando el Modelo de Negocio de acuerdo a la planeación estratégica de la entidad la cual debe estar documentada (no puede cambiar a necesidad). Este análisis llevará a concluir cual opción entre medición a Costo Amortizado o a Valor Razonable es la que se debe aplicar.
NIIF 1 permite la aplicación de una o más de las siguientes exenciones de manera voluntaria. Estas son: (a) las transacciones con pagos basados en acciones; (b) contratos de seguro; (c) costo atribuido (aplicable a Propiedad, Planta y Equipo, Propiedades de Inversión e Intangibles); (d) arrendamientos; (e) beneficios a los empleados ; (f) diferencias de conversión cumuladas; (g) inversiones en subsidiarias, entidades controladas de forma conjunta y asociadas; (h) activos y pasivos de subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos; (i) instrumentos financieros compuestos; (j) designación de instrumentos financieros reconocidos previamente; (k) la medición a valor razonable de activos financieros o pasivos financieros en el reconocimiento inicial. (l) Pasivos por retiro de servicio incluidos en el costo de propiedades, planta y equipo; (m) activos financieros activos intangibles contabilizados de acuerdo con la CINIIF 12Acuerdos de Concesión de Servicios; (n) costos por préstamos; y (o) transferencias de activos procedentes de clientes. La entidad no aplicará estas exenciones por analogía a otras partidas.
En cuanto a la presentación y la información a revelar, no hay exenciones a los requerimientos de presentación e información a revelar contenidas en otras NIIF.