Adoptar, adaptar o tal vez armonizar?

marzo 7, 2011 por · Comentar 

La Ley 1314 de 2009,  en su Art. 1 dice: «…la acción del Estado se dirigirá hacia la convergencia de tales normas de contabilidad de información financiera y de aseguramiento de la información, con estándares internacionales de aceptación mundial, con las mejores prácticas y con la rápida evolución de los negocios.»

La Ley definió, claramente la convergencia, pero aun no se ha definido en que condiciones se hará. Converger, Dicho de los dictámenes, opiniones o ideas de dos o más personas: Concurrir al mismo fin.  Tomado Diccionario de la Real Académia de la Lengua Española.

Los caminos de la convergencia puede que no sean más que dos, adoptar o adaptar. «Adoptar:  Recibir, haciéndolos propios, pareceres, métodos, doctrinas, ideologías, modas, etc., que han sido creados por otras personas o comunidades. Adquirir, recibir una configuración determinada.»  Sería traer la norma internacional y aplicarla en Colombia.

Mientras que «Adaptar: Acomodar, ajustar algo a otra cosa.»  Sería retirar de las normas las partes que el organo legislador estime que no deben aplicar y agregar lo más conveniente para el caso colombiano. 

Estas definiciones nos llevan a concluir que si Colombia adapta estos estándares internacionales de aceptación mundial, es posible que después de la adaptación se hayan convertido en un estándar diferente al que es aceptado mundialmente, es decir a uno nuevo No aceptado mundialmente?.  Por otra parte si el objetivo final de un estándar de información por ejemplo los emitidos por IASB , consisten en proporcionar información útil a los inversores, dar transparencia, y sin más poner a hablar a todos el mismo idioma; esa adaptación desvirtuaría el objetivo final del gran esfuerzo que implica implementar nuevos estándares.

Probablemente el camino sea la adopción para que el esfuerzo valga la pena,  con una serie de cambios para dar toda la validez jurídica al conjunto normativo que se emita.  El otro camino sería armonizar que es un punto medio entre adoptar y adaptar; sin ir en contravía del espíritu de las normas que ha querido dar el organo emisor y teniendo en cuenta los limites que establecen otras normas locales.

Pero tomar esta decisión no será fácil para las autoridades competentes.  Seguramente se tendrán en cuenta las necesidades del entorno económico colombiano, así como la estructura jurídica y los requerimientos para establecer normas que han sido emitidas por un organismos internacionales.

Acerca de NIIF CO
Blog creado por Tania López Ayala, Especializada en IFRS – “Contabilidad Financiera Internacional”, Especializada en Impuestos – “Régimen Jurídico, Financiero y Contable de Impuestos”, Certificada en Auditoría Internacional por el ACCA – Association of Chartered Certified Accountants, Certificada en XBRL y herramientas de taxonomía de Reporting Estandar SL. Miembro de IFRS Taxonomy Consultative Group. https://www.ifrs.org/groups/ifrs-taxonomy-consultative-group/#members Experiencia profesional de más de diez años en áreas financieras de empresas privadas, en diferentes sectores. Experiencia de más de siete años participando desde el rol de supervisor tópico financiero para el sector de servicios públicos y cuatro años apoyando el proceso de supervisión de convergencia a Normas Internacionales información financiera y de aseguramiento de los vigilados. Miembro del equipo de diseño e implementación de taxonomías en XBRL para la superintendencia de servicios públicos. Coautor del diseño taxonomía basada en Resolución 414, y autor del diseño de taxonomía 533 cuyos marcos normartivos fueron expedidos por la Contaduría General de la Nación. Consultor independiente en implementación de Normas de Información Financiera y generación de reportes en XBRL a entidades de supervisión.

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