Conozca el impacto de la adopción de IFRS en Colombia – Introducción

marzo 27, 2012 por · 1 Comentario 

Ante la pregunta de los Gerentes, propietarios,etc., respecto al impacto que tendrá la adopción de estándares internacionales de información financiera en el patrimonio de su empresa, viene la respuesta obligada de la mayoría de contadores…la verdad aun no se; y no es ignorancia ni falta de voluntad, es que no hay respuesta generica para esta pregunta y depende de muchas variables. Bueno, BDO y Baker Tilly Consulting en conjunto con la Superintendencia de Sociedades de Colombia, hicieron un trabajo muy interesante a nivel de aplicación de IFRS FULL y de PYMES, tanto al momento de la adopción inicial como en el momento de medir resultados futuros. Así mismo incluyen el diagnóstico sobre la incidencia en materia impositiva de la adopción; el estudio tomo como muestra 214 empresas que reportaron Estados Financieros a Supersociedades a 31 de diciembre de 2010, siguiendo los lineamientos del tamaño de las empresas dado por el Documento de Direccionamimento Estratégico del Consejo Técnico de la Contaduría Pública.

El documento contiene 126 hojas que con certeza nos ayudarán a resolver las inquitudes de las entidades de cual es el impacto patrimonial, en la adopción y en el siguiente cierre a la adopción. NIIF.CO ha querido hacer un análisis y resumen de esta información para su fácil consulta y lectura altamente digerible. Lo presentaremos durante esta y la semana siguiente en cuatro partes:

Primera parte:

1. Comparativo al momento de la adopción, si se toma el modelo del costo y si se toma modelo del Valor razonable (Costo atribuido) IFRS FULL

2. Comparativo en resultados futuros, si se tomo en la adopción modelo del costo y si se tomo modelo del Valor razonable (Costo atribuido) IFRS FULL

Segunda parte:

3. Comparativo al momento de la adopción, si se toma el modelo del costo y si se toma modelo del Valor razonable (Costo atribuido) IFRS PYMES (SMEs)

4. Comparativo en resultados futuros, si se tomo en la adopción modelo del costo y si se tomo modelo del Valor razonable (Costo atribuido) IFRS PYMES (SMEs)

Tercera parte:

Comparativo entre escenario FULL y escenario para PYMES (SMEs)

Cuarta parte:

Diagnóstico en materia impositiva y conclusiones

Deterioro del valor de los activos

junio 3, 2011 por · 8 Comentarios 

El deterioro del valor de los activos referido en IAS 36, busca que la entidad no tenga activos registrados por un mayor valor a su importe recuperable. 

El importe recuperable es el mayor valor entre su valor razonable menos los costos de venta y su valor en uso.  Esto tiene mucho sentido y es que por ejemplo si un activo que en el mercado tiene un valor por debajo de lo que se tiene registrado en libros, pero en realidad la empresa no lo va a vender sino que es muy importante porque se usa en el desarrollo de los negocios y es importante porque ayuda a la generación de flujos de efectivo; no hay deterioro.  No sería muy útil, ni reflejaría la realidad económica de la entidad y del activo estar registrando su pérdida de valor respecto al mercado si se tiene para usarlo.

El deterioro del valor de los activos se determina de forma diferente teniendo en cuenta si se trata de un activo intangible de vida util indeterminada.

La entidad evaluará al cierre de cada ejercicio si hay indicadores de deterioro para los activos, salvo que claramente se haya presentado un hecho que muestre tal deterioro.  Ejemplo de estos indicadores son los siguientes:

Fuentes externas de información:

–  Disminución del valor de mercado, superior al paso del tiempo o al uso normal

–  Cambios adversos en la entidad en el entorno legal, económico, tecnológico o de mercado

–  Tasas de interés de mercado de inversiones incrementan de modo que la tasa de descuento del valor en uso es mayor por lo que el importe recuperable disminuye (A mayor tasa, mayor descuento, menor valor presente)

–  El importe en libros de los activos netos de la entidad, es mayor que su capitalización bursátil

Fuentes Internas de Información:

–  Se dispone de evidencia de deterioro fisico u obsolescencia

–  Habra cambios en la manera en la que se usa el activo que afectarán desfavorablemente la entidad. (Activo ocioso, planes de discontinuación,reestructuración, entre otros)

–  Evidencia procedente de informes internos que indica que el rendimiento económico del activo es, o a va a ser , inferior a lo esperado.

Las pérdida por deterioro de valor será la cantidad en que excede el importe en libros de un activo a su importe recuperable.

En el caso de activos intangibles de vida útil indefinida se debe revisar como mínimo una vez al año aun cuando no haya indicadores de deterioro.

Los deterioros registrados se deben revisar siguiendo los mismos indicadores, se podrá reversar un deterioro cuando las condiciones hayan cambiado, sin exceder el importe en libros que podría haberse obtenido si no se hubiera reconocido una pérdida por deterioro de valor para dicho activo en periodos anteriores.

¿Qué es el Estado de Resultados Integrales?

mayo 18, 2011 por · 8 Comentarios 

El Estado de Resultados como actualmente lo conocemos bajo ColGAAP es uno de los Estados Financieros Básicos, en el cual se deben revelar los ingresos brutos,  monto de los tres principales clientes, o de entidades oficiales , o de exportaciones cuando cualquiera de estos rubros represente en su conjunto más del 50% de los ingresos brutos menos descuentos o individualmente más del 20% de los mismos; costo de ventas; gastos de venta,  de administración,  de investigación,  de desarrollo, ingresos y gastos financieros, corrección monetaria, y otros conceptos cuyo importe sea del 5% o más de los ingresos brutos. Tomado DR 2649 de 1993.

El estado de resultados integrales contiene de la misma manera los conceptos relacionados con los ingresos y gastos del periodo de la entidad adicionando los componentes de otro resultado integral también denominado Other Comprehensive Income – OCI, que es una partida que hace parte del patrimonio, también se conoce como ingresos gastos no realizados.

El término “resultado integral” no está definido en el marco conceptual de IASB pero se utiliza en la NIC 1 para describir el cambio en el patrimonio de una entidad durante un periodo que procede de transacciones, sucesos y circunstancias distintos de aquellos derivados de transacciones con los propietarios, cuando actúan como tales.  Aunque el término “resultado integral” se utiliza para describir la suma de todos los componentes de dicho resultado integral, incluyendo el resultado del periodo, el término “otro resultado integral” se refiere a ingresos y gastos que según las NIIF están incluidos en el resultado integral pero excluidos del resultado del periodo.

El resultado integral total comprende todos los componentes del resultado y de otro resultado integral.

El Estado de Resultados Integrales puede presentarse en un solo estado en el que se muestre la utilidad integral total (ingresos y gastos que están en resultados, así como ingresos y gastos no realizados que están en el patrimonio); o en dos estados uno que muestre los componentes del resultado y un segundo estado que comience con el resultado y muestre los componentes de otro resultado integral para llegar al resultado integral total.

Los componentes de Otro Resultado Integral  incluyen:  Cambios en el superávit de revaluación, ganancias y pérdidas actuariales en planes de beneficios definidos, ganancias y pérdidas producidas por la conversión de los estados financieros de un negocio en el extranjero, ganancias y pérdidas procedentes de cambios en el valor razonable de activos financieros disponibles para la venta, la parte  efectiva de ganancias y pérdidas en instrumentos de cobertura en una cobertura de flujo de efectivo, componentes de resultado después de impuestos de operaciones discontinuadas, todo lo anterior se debe mostrar si es posible con su impuesto a la renta relacionado de manera independiente.

Se deberá revelar el resultado del periodo atribuible a interés no controlante e interés controlante; así como resultado integral total del periodo atribuible a interés no controlante e interés controlante:  Se deberán revelar los ajustes entre OCI y resultados, lo cual sucede cuando dichas partidas se realizan o como lo indica cada norma en la que se hace referencia a OCI, la mencionada revelación busca evitar la inclusión doble tanto por resultados como por OCI.

En ningún caso se presentarán partidas de ingreso o gasto como extraordinarias en el estado de resultado integral, en el estado de resultados separado o en las notas.

Qué es el Costo atribuido?

abril 25, 2011 por · 9 Comentarios 

El costo atribuido es un importe que se puede utilizar como una exención voluntariamente elegida por parte de la entidad en adopción por primera vez en partidas pertenecientes a Propiedad, Planta y Equipo; Propiedades de Inversión (Si se escoge la aplicación del modelo del costo), y activos intangibles (si cumplen con los criterios de reconocimiento). El costo atribuido no se puede usar en la medición de otros activos o pasivos.

¿Porqué se aplica a estas partidas?  Porque algunas partidas se basan en la acumulación de costos pasados u otros datos relativos a transacciones; si la entidad no cuenta con esa información obtenerla puede ser dispendioso o generar un «costo o esfuerzo desproporcionado» violando así el objetivo de la norma y es que la información de alta calidad obtenida aplicando IFRS no exceda el costo de prepararla.   Por esa razón IFRS 1 Adopción por primera vez restringe el uso  del valor razonable como costo atribuido, a los activos en los que es probable que la reconstrucción del costo pueda ser particularmente onerosa.

Costo atribuido se define como el importe usado como sustituto del costo o del costo depreciado en una fecha determinada.  En la depreciación o amortización posterior se supone que la entidad había reconocido inicialmente el activo o pasivo  en la fecha determinada y que este costo era equivalente al costo atribuido. Tomado de IFRS 1 Apéndice A Definiciones de Términos.

Una entidad podrá optar por el uso del costo atribuido a la fecha de la adoción por primera vez si:

1.  Mide la partida por su valor razonable, o

2.  Tiene una reevaluación anterior (aplicación del Modelo de reevaluación, a la fecha de adopción) y la usa como costo atribuido en la fecha de reevaluación si es sustancialmente comparable:

2.1.  Al valor razonable

2.2.  Al costo o costo depreciado.

Cuando se hace uso del costo atribuido, costo asumido o costo de arranque, la partida que pasará como saldo inicial en la adopción por primera vez, podrá ser por el saldo del costo más la revalorización haciendo un recalculo de la depreciación acumulada de tal manera que al desaparecer la revalorización esta será sujeta a depreciación a prorrata o un solo valor el cual equipara el valor razonable depreciándolo o amortizándolo por su vida útil estimada remanente (las estimaciones como la vida útil se deben revisar periódicamente); es decir, cuando se revalúa un elemento de propiedad, planta y equipo, la depreciación acumulada a la fecha de la revaluación se puede tratar así:

a.  Se puede re expresar proporcionalmente al cambio en el importe en libros bruto del activo, de manera que el importe en libros del mismo después de la revaluación sea igual  a su importe revaluado.

b.  Se elimina la depreciación contra el importe en libros bruto, de manera que lo que se re expresa es el importe en libros neto resultante, hasta alcanzar el importe revaluado del activo.

De todas maneras si una entidad revalúa un activo debe revaluar todos los activos de la misma clase, la decisión no puede ser selectiva.  Sin embargo, si la entidad utiliza el valor razonable como costo atribuido para activos cuyo valor razonable esta por encima del costo, es un indicio de que hay deterioro ya que el importe recuperable está por debajo de su importe en libros.  La gran ventaja del costo atribuido al momento de la transición es establecer un costo utilizando una medida que tiene disponible inmediatamente y constituye un punto de partida para la medición posterior.

Ingresos bajo IFRS Parte II. El Futuro.

abril 1, 2011 por · 1 Comentario 

Dentro del MoU (Memorandum Of Understanding) suscrito entre IASB y FASB para su convergencia, se está haciendo la revisión de NIC 18 Ingresos de Actividades Ordinarias.  El Exposure Draft relacionado fue publicado el 24 de Junio de 2010, los comentarios fueron recibidos hasta el 22 de Octubre de 2010, y se espera que en Junio de 2011 se tenga el Ballot (All Board  decisions and formal voting completed) es decir la definición de lo que aparecerá en la norma que se espera será emitida en el segundo semestre del 2011. Aun no se conoce la fecha efectiva de aplicación.

Con esta revisión de la norma se pretende clarificar los principios de reconocimiento de ingresos y crear un estándar conjunto de reconocimiento de ingresos entre IASB y FASB, remover inconsistencias, fortalecer el marco conceptual, simplificar los documentos que un usuario debe consultar para el entendimiento y aplicación y mejorar las cualidades de la información contable.  El alcance es el reconocimiento de ingresos en contratos con clientes; La propuesta principal es reconocer el ingreso cuando se transfiere el bien o el servicio por el monto que la entidad espera recibir del cliente. Los pasos para aplicar este punto son los siguientes:  a) Identificar el contrato con el cliente, b) Identificar las obligaciones separadamente, c) Determinar el precio de la transacción, d) asignar el precio de la transacción y e) Reconocer el ingreso cuando la obligación del contrato se ha cumplido.

Propuestas:

1.  Reconocer  el ingreso cuando el bien o el servicio se transfiere al cliente.  Es decir solamente cuando se cumpla en su totalidad el objeto del contrato.  El comentario de quienes participaron en el Exposure Draft es que esta propuesta funcionaria bien para bienes pero no para servicios.   Esta propuesta afecta básicamente los contratos de largo plazo, si la empresa no está transfiriendo continuamente bienes o servicios no se podría aplicar el método del porcentaje de realización o grado de terminación; por ejemplo en contratos de fabricación o construcción  y Desarrollo de software.

2.  Identificación de obligaciones distintas por desempeño diferenciado de venta de bienes o prestación de servicios.  Al identificar las obligaciones independientemente (Multiple-Element Arrangements) se pueden modificar los márgenes de utilidad de cada venta.  Quienes comentaron propusieron que se defina “obligaciones distintas”.  La propuesta de IASB es que el test de contrato oneroso se haga a nivel de obligación, los comentarios están a favor de que se haga sobre contrato. Contrato Oneroso: Es aquel en el cual los costos inevitables de cumplir con las obligaciones que conlleva, exceden a los beneficios económicos que se esperan  recibir del mismo; caso en el cual las obligaciones presentes deben ser reconocidas como provisiones.

3.  Determinación del precio de la transacción según lo que se espera recibir del cliente, teniendo en cuenta el valor del dinero en el tiempo, riesgo crediticio, y el valor de pagos contingentes.  Afectara el reconocimiento del ingreso de una venta del mismo bien, determinado por el comportamiento del cliente en el futuro.  Se debe reflejar la posibilidad de impago por parte del cliente, si no se pudiera establecer ese riesgo el ingreso se tendría que registrar como diferido. Quienes comentaron hacen énfasis en que la medición se volvería complicada.

4.  Asignar precio de transacción en proporción al precio establecido de venta independiente.  Si una empresa no puede distinguir claramente una venta de un bien y la prestación de un servicio se debe estimar el precio, lo cual afectaría por ejemplo en la venta de un software ya que no tienen evidencia del precio de venta o la prestación del servicio proveído.

5.  Reconocer el ingreso cuando se cumple el contrato o se transfiere el control.  Se emitiría una guía clara relacionada con la definición de control.

6.  Gastos del contrato o los costos de adquisición podrían registrarse como gasto al obtener el contrato, esta medida afectaría a quienes capitalizan dichos costos y lo amortizan a través del periodo del contrato.

Hasta la fecha no hay nada definitivo pero hay algunos tipos de negocio que se afectarían más que otros con estas modificaciones propuestas para la nueva norma de Ingresos, hay que esperar a Junio para conocer las posiciones definitivas de IASB al respecto.

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